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Tramitación de la calificación definitiva

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Los promotores de viviendas protegidas dispondrán de un plazo de treinta y seis meses a partir de la fecha de obtención de la calificación provisional para presentar la solicitud de calificación definitiva.

El Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio podrá prorrogar los plazos indicados, a instancia del promotor, hasta un máximo de dieciocho meses más, siempre y cuando dicha prórroga se solicite antes de que concluya el plazo inicial.

Los promotores de viviendas protegidas deberán informar del final de las obras, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se produzca, mediante certificación expedida por el Arquitecto director de las obras.

La solicitud de Calificación Definitiva se rellenará en formulario Excel que podrá obtenerse en la dirección: Calificación de vivienda protegida, (Documentación y tramitación). Una vez cumplimentado, se enviará en ese formato a la dirección de correo calvivpro@navarra.es y se imprimirá para su firma y remisión al Servicio de Vivienda junto al resto de la documentación.
La solicitud de calificación definitiva deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Licencia municipal de primera utilización. Se sustituirá por la licencia de obras en los municipios que no la tengan establecida.
  • Planos de final de obra y, si ha habido modificaciones, proyecto de ejecución final, visados por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco Navarro.
  • Justificación de haberse practicado, en el Registro de la Propiedad, la inscripción de la escritura declarativa de obra nueva comenzada.
  • Certificado oficial de final de obra visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco Navarro y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Navarra, en el que se acredite que las obras de edificación están terminadas, que las obras de urbanización y de servicios están en condiciones de utilización, y que todas ellas están recogidas en el proyecto calificado provisionalmente y en los planos de final de obra, o en el proyecto de ejecución final en caso de haberse operado modificaciones. Asimismo, se certificará que las obras cumplen con las normas de diseño y calidad de viviendas protegidas.
  • Póliza de seguro ante incendios de renovación anual que cubra la totalidad de la edificación y sus instalaciones.
  • Libro de órdenes y visitas cumplimentado durante el desarrollo de las obras.
  • Fichas de datos generales del Libro del Edificio.
  • Si se trata de viviendas en régimen de alquiler:  Datos de la promoción, según impreso oficial incluido en Calificación de Vivienda Protegida y con un tamaño máximo de 4 Mb. Una vez cumplimentado, se enviará en ese formato a la dirección de correo calvivpro@navarra.es y se imprimirá para su firma y remisión al Servicio de Vivienda junto al resto de la documentación.
  • Certificado de Eficiencia Energética del edificio terminado y justificación de haberlo inscrito en el correspondiente Registro.

Antes de conceder la calificación definitiva solicitada, el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio inspeccionará las obras realizadas al objeto de comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable a las viviendas protegidas, así como la adecuación de la obra realizada a la documentación de final de obra.

La cédula de calificación definitiva surtirá efectos de cédula de habitabilidad de clase A durante 30 años para todas las viviendas de la promoción calificada.

En su caso, el Departamento podrá denegar la cédula de calificación definitiva, de forma motivada. La denegación es recurrible por vía administrativa. Quienes hayan adquirido viviendas con la calificación definitiva denegada por causas imputables al promotor podrán optar por:

  • Resolver el contrato y recuperar las cantidades entregadas a cuenta.
  • Solicitar del Departamento,en el plazo de tres meses desde la denegación de la calificación definitiva, que se reinicie el expediente a su favor.

La denegación de la calificación definitiva por causa imputable al promotor podrá llevar consigo la subrogación de los compradores en el préstamo cualificado concedido a dicho promotor cuando los adquirentes insten el reinicio del expediente.

Para más información, consulte el Servicio del Gobierno de Navarra Calificación de vivienda protegida.




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