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A estos efectos debe entenderse por envolvente térmica del edificio el conjunto de todos los elementos constructivos en contacto con el ambiente exterior, como fachadas exteriores e interiores, incluidos huecos; la cubierta y los forjados sobre porches o vuelos.
La nueva envolvente deberá alcanzar las exigencias que el CTE DB HE 1, Limitación de la demanda energética, impone a los elementos de la envolvente de edificios de nueva planta y que se incluyen en la tabla 2.3 del mencionado Documento Básico.
Para tener derecho al 40 % de subvención como rehabilitación protegida, la mejora de la envolvente térmica debe ser promovida por la comunidad de vecinos de edificios de más de 25 años de antigüedad.