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Fases del procedimiento de adjudicación

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Inicio del procedimiento / Elección de promoción/es.

Los procedimientos de adjudicación se iniciarán los días 1 de marzo, 1 de junio, 1 de septiembre y 1 de diciembre de cada año.

A partir de esas fechas estará disponible en este portal temático toda la información relativa a cada una de las promociones que se van a adjudicar.

Tendrán derecho a participar en cada procedimiento de adjudicación aquellas personas que se encuentren debidamente inscritas en el Censo de solicitantes a las 00:00 horas del día en que se inicie el procedimiento de adjudicación de las viviendas y que hayan optado por el régimen de acceso o uso y el número de dormitorios de las viviendas que se van a adjudicar.

Por el contrario, no tendrán derecho a participar en un procedimiento de adjudicación las personas que sean adjudicatarias provisionales de vivienda en procedimientos de adjudicación anteriores.

La única forma de poder optar por alguna de las promociones que se adjudiquen es a través de Internet, no siendo posible hacerlo presencialmente. Para ello se abrirá un plazo de, como mínimo, 7 días, que durante todo este año será de 15 días naturales contados desde el inicio del procedimiento de adjudicación correspondiente (1 de marzo, 1 de junio, 1 de septiembre y 1 de diciembre).

En el caso de que se opte por más de una promoción concreta se deberá indicar obligatoriamente el orden de preferencia que se otorga a cada una de las promociones seleccionadas.

Asimismo, es preciso tener en cuenta que la elección de una o varias promociones concretas supone la anulación del resto de las preferencias que se hubieran mostrado con anterioridad. Eso sí, estas preferencias recuperan su vigencia una vez celebrado el correspondiente procedimiento.

Por otro lado, es preciso recordar que, en el caso de promociones en régimen de arrendamiento, si un solicitante no muestra preferencia por ninguna promoción en concreto, se entenderá que opta a todas las promociones incluidas en el correspondiente procedimiento de adjudicación, siempre y cuando estas promociones entren dentro de las preferencias que previamente hubiera señalado.

También es posible que un solicitante dé de baja temporal su solicitud en el Censo si no tiene interés en ninguna de las promociones que se van a adjudicar. Una vez celebrado ese procedimiento, la solicitud se vuelve a dar de alta de forma automática. Esta solicitud de baja temporal, al igual que la elección de promoción concreta, únicamente se podrá realizar por Internet.

 
En el caso de promociones en régimen de compraventa, sólo participarán en el proceso de adjudicación las personas que hubieran elegido la promoción o promociones concretas a las que deseen optar, previa explicación detallada sobre la oferta de promociones actuales.




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