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Navarra vivienda

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Cuestiones generales

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¿Qué se entiende por destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente?

Se entiende por domicilio permanente el que constituya el lugar de residencia efectiva y se entiende que existe habitualidad en la ocupación de la vivienda cuando esta permanezca ocupada durante al menos 9 meses al año, salvo que medie autorización administrativa de desocupación.

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