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La Comunidad de Propietarios está formada por el conjunto de los propietarios de viviendas, locales y cualquier otra unidad que componen un edificio y son susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquel o a la vía pública.
La propiedad singular y exclusiva de estas viviendas o locales lleva aparejado un derecho de copropiedad sobre los demás elementos del edificio necesarios para su adecuado uso y disfrute.
La constitución de una comunidad de propietarios precisa el cumplimiento de los siguientes requisitos: