La Junta de Propietarios es la asamblea en la que se toman las decisiones que afectan a la Comunidad.
Funciones
- Nombrar y remover a las personas que ejerzan los anteriores cargos y resolver las reclamaciones de los propietarios contra la actuación de aquellos.
- Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
- Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el administrador.
- Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen interior.
- Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.
Junta Ordinaria y Extraordinaria
La Junta de Propietarios debe reunirse por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y las cuentas (ordinarias) o cuantas veces los considere conveniente el presidente, la cuarta parte de los propietarios o un número de ellos que sumen un 25% de las cuotas de participación o cuando estén todos los propietarios y así lo decidan (extraordinarias).