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El licenciado Juan de Garces, abad de la iglesia parroquial de Irurzun y Echeverri, contra el lugar de Irurzun, sobre posesion de un viña de 12 peonadas en el termino de Adreceta de Irurzun, pago de 646 reales de indemnizacion de daños causados por la introduccion del ganado concejil y 12 ducados por los daños en 12 cargas de uva.