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Francisco Arielz y Jeronima Ripalda, su mujer, señores del lugar y palacio de Arielz, del lugar despoblado de Larraun (Urraul Alto) y de los palacios de Izal y Urrutia en Ochagavía, contra la villa de Izal, sobre haberles perturbado la posesion de tomar pan bendito en la iglesia parroquial de Izal y otras preferencias en dicha iglesia y, por via de reconvencion, declaren no ser palacio la casa de los demandantes, no titularse señores del palacio de dicho lugar y no tener derecho de preferir en cuanto a tomar el pan bendito.