(ir al contenido)

Logotipo navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

contacto de esta sección

Atención Ciudadana
Tel.: 948 012012
         012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.

Ver más noticias de este día

Dos sentencias avalan la praxis médica del Servicio Navarro de Salud

jueves, 28 de febrero de 2013


Desestimadas dos reclamaciones contra la asistencia sanitaria recibida


El Tribunal Superior de Justicia de Navarra y el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona han desestimado dos reclamaciones presentadas contra el Servicio Navarro de Salud, fallos que han avalado la praxis médica realizada por los facultativos.

En primer lugar, a principios del 2012 el juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona sentenció que las secuelas en los músculos y nervios de un paciente, con motivo de una operación en el pulmón realizada correctamente, “no eran imputables a una mala praxis ni en el desarrollo de la intervención quirúrgica ni derivada de falta de información a fin de obtener el preceptivo consentimiento previo”. En consecuencia, el juzgado desestimó la petición de los reclamantes de una indemnización de 72.000 euros, indicándoles que cabía apelar el contenido de esa sentencia.

Los reclamantes presentaron recurso de apelación y el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en sentencia de 7 de febrero de 2013, lo desestima ratificando el anterior fallo y considerando “que no ha existido vulneración alguna en la forma de obtención y prestación del consentimiento informado que pudiera ser determinante de responsabilidad patrimonial a cargo de la administración sanitaria” y que “no ha concurrido la mala praxis denunciada por la parte apelante y, en consecuencia, procede la desestimación íntegra del recurso de apelación interpuesto".

Por otro lado, el juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, con fecha 11 de febrero de 2013, ha desestimado el recurso de los familiares de un paciente tratado de problemas circulatorios y respiratorios en el Complejo Hospitalario de Navarra que, considerando deficiente la asistencia recibida, solicitaron su alta voluntaria y su traslado a un centro privado de Pamplona. Su petición de indemnización de 308.768,29 euros es rechazada. El juez afirma que “no se advierte falta alguna de atención o diligencia en la actuación del Servicio Navarro de Salud, a tenor de los informes y anotaciones que se constatan en el expediente administrativo. Y así no existe dato o informe alguno en autos que haga pensar que la neumonía nosocomial que según la perito judicial fue contraída en el Hospital de Navarra, se debiera a una mala praxis médica.” Este fallo es susceptible de recurso de apelación.




Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web