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El Gobierno de Navarra traslada a la normativa foral la dación en pago de viviendas de acreedores sin recursos
miércoles, 28 de marzo de 2012


Propone una ley foral que modificará la regulación de varios impuestos, conforme al Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno de España


Transcripción textual del video

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un proyecto de ley foral que traspone a Navarra las medidas fiscales derivadas del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Viviendas de protección oficial

Viviendas de protección oficial.

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un proyecto de ley foral que traspone a Navarra las medidas fiscales derivadas del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Dicho Real Decreto-Ley establece mecanismos dirigidos a flexibilizar los procedimientos de ejecución hipotecaria para atenuar los desahucios a personas que padecen extraordinarias dificultades para atender su pago.

Estas medidas podrán consistir en una reestructuración de la deuda hipotecaria a través de una carencia en la amortización de capital y en una reducción de los tipos de interés, en una quita sobre el conjunto de la deuda o, en último término, la dación en pago de la vivienda habitual como instrumento para saldar por completo la deuda hipotecaria.

Junto a estas disposiciones de carácter mercantil, el mencionado Real Decreto–Ley establece otras medidas de índole fiscal cuya finalidad es eliminar para el deudor sin recursos la carga tributaria que se generaría al pactar alguna de las medidas de flexibilidad incluidas en dicho Real Decreto-ley. Los impuestos afectados son el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y el Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana.

En concreto, con el proyecto de Ley Foral aprobado hoy por el Ejecutivo Foral se introducen cuatro medidas. En primer lugar, y en cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dado que la transmisión de la vivienda a la entidad financiera que implica la dación en pago constituye una alteración en el patrimonio del transmitente, se establece una exención sobre el incremento de patrimonio que, en su caso, se genere.

En cuanto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se establece una exención sobre el concepto de “actos jurídicos documentados” para las escrituras públicas de formalización de las novaciones contractuales de créditos y préstamos hipotecarios que se puedan producir.

Respecto al Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, se establece que la entidad adquirente de la vivienda entregada en dación en pago estará obligada al pago del citado impuesto en concepto de sustituto del contribuyente, sin que pueda repercutir a éste el importe del gravamen.

Por último, para facilitar a la entidad financiera acreedora la concurrencia de las circunstancias que permiten la calificación del deudor hipotecario dentro del “umbral de exclusión”, la Hacienda Tributaria de Navarra expedirá el certificado correspondiente al trabajador por cuenta propia sin rentas, así como el certificado de rentas con relación al último ejercicio tributario.

El proyecto de Ley Foral aprobado hoy en sesión de Gobierno se tramitará directamente y en lectura única en el Parlamento de Navarra. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.


Nota de prensa:

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Documentación:
Audio
Video
Gobierno de Navarra

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