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Comunicado del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo en torno al suministro de gas a una cooperativa de vecinos de la Chantrea

lunes, 27 de octubre de 2008

En relación con el suministro de gas a la instalación de calefacción de la cooperativa de calor Santiago, ubicada en el barrio de la Chantrea de Pamplona, el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo informa que el Departamento comunicó el pasado 23 de octubre, de manera oficial, a los responsables de dicha cooperativa la necesidad de que, previamente a la puesta en servicio de la instalación de gas y calefacción, debían cumplir la legislación vigente, tanto la relativa a la instalación de gas como a la instalación térmica de calefacción.


Previo a la puesta en servicio de la instalación de gas el distribuidor deberá realizar las siguientes actuaciones:


1. Comprobar que la documentación se halla completa.


2. Comprobar que las partes visibles y accesibles de la instalación receptora cumplen con la normativa vigente.


3. Comprobar, en las partes visibles y accesibles, la adecuación a normas de los locales donde se ubiquen aparatos conectados a la instalación de gas, incluyendo los conductos de evacuación de humos de dichos aparatos, situados en los citados locales.


4. Comprobar la maniobrabilidad de las válvulas.


5. En los casos en que la instalación incorpore una estación de regulación, deberá también comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas de regulación y el correcto funcionamiento de los dispositivos de seguridad.



Una vez realizadas las pruebas anteriores con resultado satisfactorio, el distribuidor podrá efectuar la puesta en servicio, para lo cual procederá a:


6. Precintar los equipos de medida.


7. Verificar la estanquidad de la instalación.


8. Dejar la instalación en servicio, si obtiene resultados favorables en las comprobaciones.


9. Extender un certificado de pruebas previas y puesta en servicio, del que se entregará una copia al titular o usuario.


Así mismo y conforme a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, el titular de la instalación debe solicitar el suministro regular de energía a la empresa suministradora mediante la entrega de una copia del certificado de la instalación térmica de calefacción, registrado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma.


Documentación:
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