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Aprobada la modificación del PSIS Comarca-2 en relación a las condiciones de implantación de industrias en las inmediaciones de un depósito de gasolina de CLH

lunes, 10 de enero de 2005

El Gobierno de Navarra ha aprobado el inicio de la tramitación del expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal Comarca-2, relativa al artículo 29 de su Normativa, que regula la implantación de industrias en las inmediaciones de un depósito de gasolina, y a las determinaciones afectadas por su aplicación, promovido por NASUINSA.


El nuevo texto del artículo 29 será el propuesto por el Servicio de Protección Civil en su informe de 15 de diciembre de 2004. Asimismo, se señala a NASUINSA que, antes de la aprobación definitiva del expediente, podrá proponer los reajustes que considere oportunos en la ordenación vigente, a los efectos de adecuar la misma a las determinaciones del nuevo artículo propuesto.


Navarra de Suelo Industrial, S.A. (NASUINSA) ha presentado para su tramitación una modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Área Industrial Comarca-2 consistente en la supresión del artículo 29 de su Normativa, artículo que versa sobre las condiciones de implantación de las industrias en relación al depósito de gasolina 014 de las instalaciones de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH).


En el artículo 29 de la Normativa se señala que, hasta una distancia de 600 metros del depósito de gasolina 014 de las instalaciones de CLH, no se deberán implantar industrias que manipulen en sus procesos o que almacenen productos que estén afectados por el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio. Se establece asimismo que, hasta una distancia de 600 metros del depósito de gasolina 014 de las instalaciones de CLH, las edificaciones no deberán presentar huecos en fachadas orientadas hacia CLH, salvo que éstos estén construidos por materiales que toleren una radiación a 50 Kw/m2.


En el documento ahora presentado por NASUINSA se señala que "en las parcelas en las que el artículo 29 es de aplicación, las exigencias que está imponiendo la administración actuante a los proyectos y obras, y la ausencia de informes de Protección Civil sobre los proyectos, con relación al cumplimiento del artículo en cuestión, están provocando incertidumbres en la obtención de las licencias de aperturas" y señala que se ha hecho un análisis que justifica la eliminación del artículo 29.


El Servicio de Protección Civil, por su parte, ha emitido el oportuno análisis sobre la propuesta, en el que propone que para la implantación de determinadas industrias se reduzca la distancia al depósito de gasolina 014 de 600 metros a 315 metros. Asimismo, propone suprimir el segundo párrafo del artículo 29 vigente, referido a determinados materiales de los huecos de fachada de los edificios sitos dentro de la distancia de 600 metros al depósito de gasolina 014 y la incorporación de la prohibición de implantar "establecimientos de concurrencia pública" dentro de los 536 metros de distancia contados a partir del depósito de gasolina 014.


Estas propuestas del Servicio de Protección Civil son las que se incorporan al nuevo artículo 29 de la Normativa.


Gobierno de Navarra

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