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Consumo cifra en 132 euros el gasto de juguetes en Navarra por cada niño menor de 11 años

sábado, 13 de diciembre de 2003

El Servicio de Consumo del Gobierno de Navarra ha cifrado en 132 euros (22.000 pesetas) el gasto de juguetes en Navarra por cada niño menor de 11 años. Así, y ante la inminente llegada de las fiestas navideñas en las que se produce el 80% de las ventas anuales de juguetes, el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo ofrece una serie de consejos prácticos sobre la seguridad y la compra de juguetes.


Antes de comprar un juguete se debe tener en cuenta la edad del niño.


Según el estudio elaborado por el Servicio de Consumo, el 27% de los juguetes son artículos electrónicos; el 17,4% son muñecas y peluches; el 10,6% son juegos de mesa y salón; el 8,8% figuras y transformables; el 8,6% vehículos grandes; el 7,4% pistas, coches y accesorios; el 5,1% puzzles y construcciones; el 4% material infantil y audiovisual; el 3,1% imitaciones del hogar; el 3,1% juguetes para bebés; el 3,1% disfraces y juegos deportivos; y el 1,6% instrumentos musicales.



Cabe señalar que, según el estudio del Servicio de Consumo, los niños y niñas dejan de interesarse por los juguetes a partir de los 10 años, momento en que los sustituyen por ropa, música, artículos de deporte o videojuegos. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, la Comunidad Foral cuenta con una población aproximada de 55.760 niños y niñas menores de 11 años, por lo que, teniendo en cuenta que el 80% de las ventas anuales de juguetes se realiza en los 30 días anteriores al 6 de enero, el gasto total que se prevé en juguetes durante la campaña navideña rondará en Navarra los 6 millones de euros (unos 1.000 millones de pesetas).


De esta manera, el Servicio de Consumo ofrece una serie de consejos prácticos sobre la seguridad en la compra de juguetes, tanto en las propiedades del producto, como en las recomendaciones para el comprador:



En cuanto al producto, es obligatorio e imprescindible que los juguetes presenten la etiqueta de la CE, que garantiza la calidad y seguridad de los juguetes y es el marcado obligatorio en el mercado europeo. Asimismo, debe presentar la identificación del responsable, fabricante e importador (razón social) y su domicilio. Las instrucciones y advertencias de uso deben realizarse al menos en castellano. En cuento a la seguridad, el juguete debe facilitar información sobre seguridad eléctrica, resistencia mecánica y de construcción, tal como características físicas, inflamabilidad y migración de determinados componentes.



Por su parte, el Servicio de Consumo aconseja a las personas que vayan a adquirir un juguete que comparen precios en distintos establecimientos; procurar que el niño vea antes un juguete elegido a través de publicidad para que no se desengañe; guardar las facturas o comprobantes de compra para poder reclamar; no adquirir juguetes complicados; no diferenciar juguetes para niños o niñas, ya que sólo hay juguetes que entretienen o aburren; no comprar artículos inadecuados para la edad del niño; no regalar juguetes frágiles o que sólo valgan para ser observados; comprobar si el artículo lleva pilas y fijarse en la cantidad necesaria; recordar que los juguetes los compran los adultos pero los utilizan los niños; y recordar que algunos productos pueden provocar quemaduras, cortocircuitos, intoxicación, asfixia, heridas, cortes o toxicidad.



Estas recomendaciones van a formar parte de una campaña de comunicación específica sobre seguridad y compra en los juguetes, que en próximas fechas comenzará a emitirse a través de los medios de comunicación. Esta campaña tiene por objeto sensibilizar sobre la seguridad en la compra de juguetes, haciendo especial hincapié en los denominados juguetes bélicos. Los lemas de la campaña son: "No juegues con su seguridad, con su juego, ni con su ilusión".



Legislación de seguridad en los juguetes



Las Normas de Seguridad de los Juguetes vienen recogidas en el Real Decreto 2330/1985, de 6 de noviembre. En cumplimiento de la Directiva 88/378 del Consejo de la CEE y para armonizar la legislación de los Estados miembros sobre Seguridad de los Juguetes se dictó el Real Decreto 880/1990, de 29 de junio, sobre Normas de Seguridad de los Juguetes. El Real Decreto 820/1990, de 22 de junio, prohibe la fabricación y comercialización de productos de apariencia engañosa que pongan en peligro la salud o seguridad de los consumidores.



Finalmente el Real Decreto 44/1996, de 19 de enero, adopta medidas para garantizar la seguridad general de los productos puestos a disposición del consumidor. El Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los destinados a la venta directa a los consumidores y usuarios viene recogido en el Real Decreto 1488/1988, de 2 de diciembre.


Gobierno de Navarra

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