Registro de explotaciones ganaderas

Inscripción en el registro de todas las explotaciones ganaderas de Navarra: altas, cambios de titularidad y modificación de datos

Información básica

  • Todas las personas titulares de explotaciones ganaderas en las que se tengan, críen o manejen animales de producción, ubicadas en Navarra.
  • No se aplicará a los animales de compañía (salvo équidos) ni a la fauna silvestre (consultar en estos casos la información relativa al Registro de núcleos zoológicos).

Todas las explotaciones ganaderas de Navarra deben inscribirse en un registro que recoja los datos mínimos que indica el Anexo II del Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción y revisión de la documentación. 
  • Visita de inspección a la explotación.
  • Resolución de la solicitud, con aprobación o denegación de la inscripción en el registro: el plazo de resolución de la solicitud de inscripción será de tres meses desde la fecha de su entrada en el registro del órgano competente.
  • Traslado de la aprobación o denegación a la persona interesada y al ayuntamiento correspondiente.

Inscribir (alta):

 

Actualizar o modificar datos:

 

Dar de alta una subexplotación:

 

Dar de baja:

 

Renovar:

  • No es necesario renovar la inscripción en el registro.
  • Es necesario actualizar el censo ganadero durante el primer trimestre del año (excepto para bovino, equino, ovino y caprino).

 

Otra documentación informativa:

 

Modelos de registros que debe llevar las explotaciones ganaderas:

  • Decreto Foral 31/2019, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias, de bienestar animal y ordenación zootécnica de las explotaciones ganaderas y sus instalaciones, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Real Decreto 479/2004, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas.
  • Decreto Foral 148/2003, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Orden Foral de 28 de abril de 2003, por la que se crea la Sección de Explotaciones Ganaderas como parte integrante del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

  • Registro de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    C/ González Tablas, 9, planta baja
    31005 Pamplona
  • Oficinas de área del departamento

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ganadería
C/ González Tablas, 9, 2.ª planta
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 426 420 / 848 423 922
Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro de explotaciones ganaderas

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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