Titulares particulares de montes catalogados y no catalogados.
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
La solicitud deberá tener el sello del Ayuntamiento o Concejo, así como la firma de la persona solicitante.
Si la o el solicitante no es la propietaria o el propietario que figura en el registro de Riqueza Territorial, o hay más de un propietario o propietaria, deberán aportar la autorización y fotocopia del DNI de la persona o personas titulares de la parcela.
Decreto Foral 59/1992, por el que se aprueba el Reglamento de Montes en Desarrollo de la Ley Foral 13/1990, de Protección y Desarrollo de Patrimonio Forestal de Navarra.
Tramitación
Presentación de solicitudes keyboard_arrow_down
Se puede tramitar con las siguientes credenciales: